Tu denuncia y participación son importantes. Acude a la Fiscalía Superior de tu estado y contarás con asesoría en las oficinas de Atención al Ciudadano y las unidades de Atención a la Víctima.
¿Quién puede denunciar?
De acuerdo con el Código Orgánico Procesal Penal (COPP), cualquier ciudadano, víctima o no, que tenga conocimiento de la comisión de un hecho punible, puede formular su denuncia.
En ese sentido, los ciudadanos pueden efectuar su denuncia, verbalmente o por escrito ante un fiscal del Ministerio Público o ante los órganos de policía de investigaciones penales competentes (Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas; Guardia Nacional Bolivariana; policías estadales y municipales; y los consejos de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en los casos que le correspondan).
En este caso, el COPP establece que son consideradas víctimas las personas directamente ofendidas por un delito; el o la cónyuge o la persona con quien mantenga relación estable de hecho, hijo o hija, o padre adoptivo o madre adoptiva, parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, y al heredero o heredera, en los delitos cuyo resultado sea la incapacidad o la muerte del ofendido u ofendida.
También el o la cónyuge o la persona con quien mantenga relación estable de hecho, hijo o hija, o padre adoptivo o madre adoptiva, parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, cuando el delito sea cometido en perjuicio de una persona incapaz o de una persona menor de dieciocho años.
De igual modo, el referido texto legal señala que son víctimas los socios o socias, accionistas o miembros respecto de los delitos que afectan a una persona jurídica, cometidos por quienes la dirigen, administran o controlan.
Asimismo, se considera víctima a las asociaciones, fundaciones y otros entes, en los delitos que afecten intereses colectivos o difusos, siempre que el objeto de la agrupación se vincule directamente con esos intereses y se hayan constituido con anterioridad a la perpetración del delito.
Si las víctimas fueren varias deberán actuar por medio de una sola representación.

